jueves, 13 de febrero de 2014

EL GOBIERNO OBLIGARÁ A LA CIUDADANÍA A PRACTICAR “DEPORTE DE RIESGO”

Una educación física y deportiva de calidad sana y segura, contribuye a la formación integral de las personas y a su bienestar físico, psíquico y social. Son numerosos los beneficios demostrados del deporte en el ámbito educativo, sanitario, social y económico, pero siempre que su aplicación sea la adecuada, y ésta adecuación sólo puede estar en manos de profesionales altamente cualificados que saben lo que hacen. El gobierno llevará en las próximas semanas al Congreso la ley de colegios y servicios profesionales. Tal y como está redactada, se determina que en los servicios deportivos existirá el libre acceso y ejercicio profesional, o lo que es lo mismo, que cualquiera puede dirigir, educar, entrenar o atender a la ciudadanía en su práctica deportiva.

El Tribunal Constitucional declara que " la propia Constitución contiene un mandato a los poderes públicos para que fomenten la educación física y el deporte ( artículo 43.3 de la CE) y que tales actividades aparecen, por otra parte, estrechamente vinculados con la salud" y justifica la colegiación obligatoria de los profesionales de la educación física y del deporte para " evitar las repercusiones negativas que sobre la misma ( la salud) puede tener un ejercicio no adecuado de las diversas actividades físicas y deportivas".


A pesar de esta afirmación tan concluyente del Tribunas Constitucional, el afán de reducir el paro facilitando la ocupación en cualquier sector, el abaratamiento de la mano de obra al no exigir cualificación, y el falso pretexto de que se reduce el precio del servicio al consumidor y usuario, son argumentos economistas que nunca deberían sustituir a la necesidad de evitar un riesgo para los ciudadanos, permitiendo la dirección e intervención en la práctica deportiva de personas sin las competencias necesarias.

No se puede entender que en la Unión Europea se cree un sistema de reconocimiento mutuo de las cualidades existentes y que se pretenda la movilidad de trabajadores cualificados cuando en nuestro país todavía la formación está estructurada de forma diferente, el diseño de las cualificaciones y titulaciones no universitarias están sobre dimensionadas en sus competencias, el empleo ene el deporte no está regulado , y además se quiera quitar el papel de las organizaciones cplegiales como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios.

La asignatura pendiente pasa por convencer al Gobierno de las numerosas evidencias científicas existentes para reconocer que la educación física y el deporte son materias de especial interés general, ya que se trata de actividades que puedes afectar, de manera grave y directa, a la protección de la salud y la integridad física o la seguridad personal, requisito recogido en el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales para se actividades profesionales reguladas y colegiadas. si no se corrige esta situación, a partir de ahora todos los deportes serán de alto riesgo.

Entrevista a Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y del Deporte,  COLEF, D. Vicente Gambau i Pinasa.

1. I.L. ¿Cuál es tu opinión personal sobre esta nueva ley?
V.G. La considero un verdadero despropósito.  Hay que tener mucho desconocimiento sobre el sector profesional deportivo para imponer exclusivamente criterios economicistas en la prestación de servicios deportivos. Significa aceptar que la práctica deportiva no tiene vinculación con la salud de la ciudadanía y que no son necesarios los conocimientos científicos y técnicos para conseguir los diferentes objetivos perseguidos por cada tipo de practicante deportivo.

En esta norma se regula de forma conjunta el ejercicio profesional y los colegios profesionales. El marco regulador para los servicios profesionales establece el principio general de libertad de acceso y libertad de ejercicio de toda actividad profesional y profesión. Se ha desviado la atención de la opinión pública hacia si la colegiación debe ser obligatoria o voluntaria, pero no hay que perder de vista que la ley está liberalizando los servicios profesionales en el sector del deporte y propone que, en la prestación de servicios deportivos, cualquiera pueda intervenir sin cualificación.

2. I.L. Después de este sorprendente anuncio ¿ha habido reuniones de los diferentes organismos del mundo del deporte para fijar posiciones?
V.G. Desde el Consejo General COLEF y CAFD se han realizado dos comparecencias ante la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía y Competitividad. Se han presentado alegaciones y a la vista del último borrador, no se ha atendido nuestras argumentaciones. 
Hemos participado activamente en todas las reuniones de Unión Profesional, organización que aglutina a todos los Consejos Generales de profesiones colegiadas del Estado. Se ha informado a todas las organizaciones colegiales del sector deportivo para que intervengan en sus respectivas autonomías. En el mes de diciembre hemos convocado de forma extraordinaria una reunión del Foro Profesional de las Ciencias del Deporte que integra a la organización colegial, a las Facultades y Centros universitarios, al colectivo científico y a los futuros profesionales. Vamos a proponer, desde las organizaciones colegiales, asambleas informativas en cada una de las facultades de ciencias del deporte para que entre todos los colectivos adopten las medidas necesarias para alertar sobre esta decisión.

En breve, vamos a contactar con los agentes sociales, grupos parlamentarios en el Congreso y Senado,  y con las asociaciones de consumidores y usuarios. Hemos solicitado audiencia al Consejo de Estado, al Consejo Superior de Deportes, al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y al Ministerio de Sanidad.  
 
3. I.L.¿Tomarán acciones legales contra el gobierno si esta ley se llega a aprobar?
V.G.La norma impone indiscriminadamente el libre acceso y ejercicio profesional en los servicios deportivos, decisión que atenta directamente a la protección de los derechos, la seguridad y la salud de los consumidores, y que es contrario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 194/1998 que argumenta la directa vinculación del deporte y la salud, y que además alerta sobre el riesgo existente derivado de la intervención de personas sin competencia. 

Esperemos no necesitar realizar actuaciones legales, pero sin duda, entendemos que los servicios deportivos responden a una «razón imperiosa de interés general» que justifica el establecimiento de restricciones de acceso o de ejercicio profesional.

Existe una seria problemática de interlocución del sector profesional deportivo con los poderes públicos. No tenemos un Ministerio único al que adscribirnos y que pueda atender de forma global nuestras peticiones. Por ejemplo, los profesores de educación física dependen del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; los entrenadores y preparadores físicos dependen del Consejo Superior de Deportes; los profesionales que trabajan con colectivos especiales y grupos de riesgo dependerían del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad; los que trabajan en el sector público dependen del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; los profesionales de servicios deportivos en el medio natural estarían vinculados al Ministerio de Energía y Turismo; los empresarios, investigadores y en general, la industria del fitness tendrían relación con el Ministerio de Economía y Competitividad; y además, como trabajadores estaríamos integrados al Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Con esta desestructuración, es normal que no se resuelvan nuestras problemáticas.

4. I.L. ¿Cuál cree que debería ser la estrategia de comunicación para implicar a los medios de comunicación?
V.G. No es habitual encontrar noticias de prensa vinculadas con las prácticas deportivas de la ciudadanía. Existe un sesgo importante en atender exclusivamente al deporte profesional y al deporte competitivo de las federaciones deportivas. 
Hemos iniciado una estrategia interna de comunicación para que el sector conozca la situación actual y en breve, actuaremos para alertar a la ciudadanía.  

5. I.L. En el caso de una regulación profesional en el deporte ¿qué implicaría para los actuales trabajadores de los centros deportivos? 
V.G. En el deporte existe espacio para muchos profesionales del deporte y no necesariamente deben ser todos titulados universitarios en ciencias del deporte. 

La regulación consiste en la exigencia de unos requisitos mínimos para poder desempeñar actividades profesionales. Los recientes cambios en el sistema de formación permiten reconocer la cualificación profesional no sólo por la posesión de títulos oficiales, sino también por la acreditación de los aprendizajes no formales (enseñanzas no oficiales), aprendizajes informales y por la experiencia.

Todas las personas que ya disponen de experiencia y competencias podrían acreditarlas y acceder al ejercicio profesional correspondiente mediante los procedimientos que se establezcan por los organismos competentes. 

La regulación evitaría la intervención de personas sin cualificación y ajustaría las actividades profesionales al nivel de competencia disponible, es decir, los profesionales sólo intervendrían en aquellas actividades en las que han demostrado ser competentes. Y esta cuestión es la mejor garantía que se puede ofrecer a los consumidores y usuarios.  

6. I.L. ¿Qué ocurriría en el hipotético caso de que esta ley se apruebe y se  liberalice el sector profesional del deporte?
V.G. Todos los esfuerzos por ordenar, mediante norma legal, las actividades profesionales y adecuarlas a los niveles de competencia adquiridos, se pueden ir al traste. Sólo quedaría como profesión titulada la de profesor en el sistema educativo oficial. 

El escenario futuro puede ser caótico, ya que no habrá ninguna reserva de actividad ni exigencia de cualificación profesional a ninguna de las profesiones del deporte. Quedarían en entredicho todas las iniciativas de regulación y colegiación de las Comunidades Autónomas con competencia exclusiva en materia de deporte y profesiones tituladas. El sistema de formación en el deporte basado en diferentes niveles de competencia ya no tendría razón de ser porque no sería exigible para trabajar. Las salidas profesionales propias de estudiantado universitario de los grados en ciencias del deporte serán inexistentes, ya que sólo podrán acceder con un postgrado a la inasequible salida profesional de profesor de Educación Física.   

Habría que empezar de cero, y el colectivo profesional debería decidir entre dos opciones: una opción reactiva, esperando la finalización del plan de trabajo por parte de la Comisión Europea, que decidirá en 2017 si es necesaria la regulación en las actividades profesionales en el sector deportivo de cada Estado Miembro, o una opción más proactiva, que pasa por reivindicar una Ley estatal que contemple restricciones de acceso a actividades profesionales o profesiones para las que se exija titulación superior (profesiones tituladas), al igual que la posible colegiación obligatoria (profesiones colegiadas). 

En el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contempla que las restricciones basadas en la cualificación que no requieran titulación superior, pueden establecerse por cualquier Ley o por norma de rango inferior cuando estén previstas en normativa comunitaria. 

Será la nueva Comisión de Reforma de las Profesiones quién se encargará de informar cualquier propuesta de ley estatal que establezca nuevas restricciones al acceso a actividades profesionales o profesiones o que establezca reserva de funciones, así como de realizar, de oficio, la evaluación de las reservas de actividad o atribuciones de funciones existentes, pudiendo elevar propuestas al Gobierno.

7. I.L. GYM FACTORY llega a todos los gimnasios y centros deportivos de nuestro país. ¿Qué mensaje le gustaría lanzar a los gerentes y propietarios?
V.G. Los gerentes y propietarios de centros deportivos deben estar comprometidos con la calidad, la seguridad y la salud de sus clientes. Son conscientes de la importancia de disponer de profesionales cualificados y del impacto directo de éstos en la satisfacción y fidelización de los clientes. 

La tentación de abaratar costes contratando personal sin cualificación es una decisión errónea que puede acarrear serios problemas en la supervivencia del negocio y con las aseguradoras que no querrán cubrir la responsabilidad civil por las indemnizaciones derivadas de las negligencias cometidas por personas sin cualificación.

El personal cualificado no debería ser un gasto, sino una inversión.

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